Una falta, en Derecho penal, es una conducta antijurídica
que pone en peligro algún bien jurídico protegible, pero que es
considerado de menor gravedad y que, por tanto, no es tipificada como delito. El sistema de faltas o contravenciones ha dado origen a una sub rama del Derecho Penal llamado Derecho Contravencional, o Derecho de Faltas.
Las faltas cumplen con todos los mismos requisitos que un delito (tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad). La única diferencia es que la propia ley
decide caracterizarla como falta, en lugar de hacerlo como delito,
atendiendo a su menor gravedad. Esta característica permite que el
sistema de faltas sea menos estricto en el uso de ciertas figuras
penales como los "tipos abiertos", los delitos formales (sin dolo ni
culpa), la validez de las actas de constatación, etc.
Dado que, por definición, la gravedad de una falta es menor a la de un delito, las penas
que se imponen por las mismas suelen ser menos graves que las de los
delitos, y se intenta evitar las penas privativas de libertad en favor
de otras, como las penas pecuniarias o las de privaciones de derechos.
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